Tipos de permisos y discreción judicial
Un análisis de la controversia entre Bulygin y Ruiz Manero
Parole chiave:
normas permisivas, permisiones, lagunas jurídicas, discreción judicialAbstract
En este trabajo analizo la polémica entre Bulygin y Ruiz Manero sobre el papel de los permisos y el alcance de la discreción judicial. Como es bien sabido, la teoría de Bulygin defiende dos afirmaciones: por un lado, es necesaria una clara distinción entre los permisos fuertes y débiles para aclarar el problema de las lagunas jurídicas. Por otro lado, las decisiones judiciales son discrecionales en casos de lagunas jurídicas. Sin embargo, Ruiz Manero sugiere que el par ‘permiso fuerte y débil’ debería ser reemplazado por una distinción entre permisos protegidos y no protegidos. Intenta mostrar que esta última clasificación es más apropiada para aclarar el papel de los permisos en el contexto del razonamiento jurídico. Además, afirma que los jueces no tienen discreción en casos de lagunas jurídicas porque los jueces deben rechazar las demandas que carecen de fundamento normativo. Uno de mis principales objetivos es mostrar que Ruiz Manero exagera la relevancia de la distinción entre permisos protegidos y no protegidos. También trato de mostrar que hasta cierto punto la teoría de Bulygin y la propuesta de Ruiz Manero son demasiado radicales. Por lo tanto, defiendo la plausibilidad de un enfoque moderado, que podría arrojar algo de luz sobre los problemas de las lagunas normativas y los deberes judiciales.
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