Dos observaciones sobre la justificación jurídica

Autores/as

  • Jorge Rodriguez

Palabras clave:

Razonamiento jurídico, casos anormales, sentencias desestimatoria, objetivismo moral

Resumen

Tradicionalmente se ha considerado que el razonamiento jurídico que pretende mostrar que una decisión o una pretensión están justificadas de acuerdo con el derecho vigente puede ser reconstruido como una inferencia lógica en la que, sobre la base de dos tipos de premisas – normativas y fácticas – se llega a una conclusión que afirma que ciertas consecuencias jurídicas son aplicables a un caso particular. Esa idea básica ha sido controvertida desde distintos puntos de vista. En este trabajo solo se consideraran dos tipos de críticas: una de ellas vinculada a la propia estructura del razonamiento judicial, que indicaría que, como las normas jurídicas solo regulan casos normales y no aquellos en los que produciría un resultado demasiado injusto, la determinación de si cualquier norma es aplicable a cualquier caso requeriría de una evaluación moral. En segundo lugar, y aunque la observación anterior no permita mostrar una conexión necesaria entre el razonamiento jurídico y el razonamiento moral, parece indudable que tomando en cuenta un sentido fuerte de justificación que requiera partir de premisas justificadas, la evaluación de la corrección de la premisa normativa del razonamiento judicial puede remitir a una evaluación moral. Lo que en tal caso habría que determinar es si, como algunos teóricos suponen, una evaluación semejante exige compromterse con alguna forma de objetivismo moral.

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Publicado

2019-07-08

Número

Sección

Justificación jurídica, permisos y discreción judicial