Los principios fundamentales de la lógica en el derecho
Palabras clave:
Derecho, Lógica, Principio de identidad, Consistencia, CompletitudResumen
Para algunos teóricos (a quienes podríamos denominar Creyentes), ciertos principios fundamentales de la lógica, tales como el principio de no contradicción y el de tercero excluido, valen también en su transposición normativa en el derecho. Sobre tales bases, se ha sostenido que la lógica permitiría justificar la tesis de que los sistemas jurídicos satisfacen necesariamente ciertas propiedades formales como la consistencia y la completitud. Si en cambio se considera que los sistemas jurídicos habitualmente presentan contradicciones normativas y acciones sin regulación jurídica, ello parecería forzarnos a rechazar que puedan verificarse relaciones lógicas entre las normas y que, en general, la lógica pueda desempeñar un papel significativo para el análisis del derecho, tal como otros autores (los Escépticos) han postulado. En el trabajo se intenta mostrar que este es un falso dilema. Lejos de ser intrínseca al derecho, la lógica no puede justificar que los sistemas jurídicos carezcan de defectos tales como las contradicciones o lagunas. Pero, por otra parte, es precisamente la lógica la que nos brinda un poderoso y necesario arsenal teórico para desmitificar la idea de que el derecho constituya un todo completo y consistente.
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